Resumen: La sentencia anotada decide demanda de error judicial interpuesto por la demandante frente a la sentencia de instancia que desestimó su demanda en impugnación de alta médica al no acreditarse su incompatibilidad con la actividad laboral. A su entender el error se sustenta en la suspensión de la vista oral para demandar a la mutua lo que supuso una dilación indebida que causó indefensión a la actora, asimismo manifiesta su disconformidad con la apreciación de la prueba realizada por el Juzgado de lo Social. Pero, el TS desestima el error. En efecto, tras recordar los requisitos del error judicial, descarta que en el caso se cumplan los mismos, pues el hecho de que el día de la vista el Letrado del INSS manifestase que no conocía los informes médicos aportados por la actora y el resto de la prueba documental, carece de transcendencia a efectos del presente procedimiento. Concluye que, en definitiva, lo que subyace en la actual demanda en una disconformidad de la demandante con la apreciación de la prueba efectuada por el juez a quo, y el error judicial no permite un nuevo análisis de los hechos y de sus pruebas, lo que conduce a su desestimación.
Resumen: PRIMERO.- Por la representación de D. Juan Miguel se presentó demanda contra BANCO SANTANDER, S.A. por la que solicitaba "1º.- Se declare la nulidad relativa o anulabilidad de los contratos y órdenes de suscripción establecidos entre las partes relativos a las acciones adquiridas, acompañadas a la presente demanda, y más concretamente de la orden de compra.' en fecha 3 de junio de 2016 el de 16.500 títulos (acciones),y el 24 de junio de 2016 de otros 10.000 títulos de la entidad demandada, por el que la parte actora adquiere un total de 26.500 títulos (acciones) que poseía el cliente a fecha 9 de junio de 2017, supuso una pérdida de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO (37.830,60 ?), en junio de 2017, al pasar a tener las acciones un valor de 0?.